aborto


aborto mapaEl aborto, es decir la interrupción voluntaria del embarazo, es el método de control de la natalidad más polémico. En las últimas décadas se registra una evolución hacia posiciones más permisivas en casi todos los países del Mediterráneo y se plantea su legalización parcial en los estados donde se prohíbe, dado que donde es ilegal, el aborto se practica de forma clandestina.

La ley no siempre corresponde a la realidad social: en España hacía falta hasta 2010 aducir «riesgos físicos o mentales», pero bajo el segundo concepto se incluía cualquier dificultad derivada de tener que criar a un hijo no deseado. Por otra parte, en Italia se admite el aborto por el deseo de la mujer, pero un 70% de médicos (hasta el 90% en algunas regiones del sur) se acogen a la cláusula de conciencia que les permite no realizar la intervención; no siempre es obvio si por convicción personal o para no poner en riesgo su carrera en una Administración fuertemente influido por las directrices de la Iglesia Católica. Abortar puede convertirse, así, en un enorme problema para la mujer, pese a una ley favorable.

En Europa occidental, el aborto, si bien permitido y a menudo accesible de forma gratuita, se considera habitualmente como un último recurso poco deseable, que conlleva cierto trauma personal y muestra el fracaso a la hora de prevenir el embarazo mediante anticonceptivos.

Herencia comunista

En muchos países excomunistas, en cambio, – Balcanes, Rumanía, Bulgaria, Ucrania y Rusia, pero también en Turquía– , el aborto se ve como un método de control de natalidad más, y no es raro que una mujer tenga varios abortos a lo largo de su vida fértil.

Los países caucásicos – Georgia, Armenia y Azerbaiyán – , tienen tasas de aborto extremamente altas. Muchas mujeres recurren a este método en lugar de utilizar anticonceptivos. En estos tres países también es frecuente el aborto selectivo: hay mujeres que ponen fin al embarazo cuando averiguan que será niña.

Por el contrario, el aborto está fuera del alcance de la mayoría de las mujeres en los países norteafricanos y árabes, exceptuando Túnez.  Todos lo prohíben bajo pena de cárcel, excepto para salvar la salud o la vida de la mujer; en la práctica hay poca diferencia entre las dos formulaciones legales, dado que el concepto de «salud» se suele interpretar de forma poco flexible y no se permiten abortos por evitar problemas sociales o psicológicos.

Una posición intermedia adoptan Etiopía, Chipre e Israel, donde la ley permite al médico tomar en cuenta una serie de circunstancias sociales para practicar un aborto; en Chipre, la interpretación es tan flexible que no supone un gran problema en la práctica.

Religiones

clinica ginecológica
Enfermeras en una clínica ginecológica en Estambul | I. U. T. / M’Sur

El tabú del aborto radica en una concepción patriarcal del cuerpo de la mujer cuya función más noble, o única, sería la de aportar herederos al marido; de ahí que la vida del feto puede considerarse más importante que la de la propia mujer. En esta línea se halla la doctrina de la Iglesia Católica, que se opone tajantemente al aborto en todas las circunstancias – incluso en el caso de que la vida de la madre corra peligro – y lo equipara al asesinato.

En el judaismo, en cambio, se considera que el aborto es admisible si el embarazo pone en riesgo la vida de la madre. No obstante, sigue siendo un tabú relativamente fuerte en Israel, no sólo por la religión sino también por el concepto sionista de que tener numerosos hijos es fundamental para garantizar la supervivencia del Estado Judío.

En el islam hay distintas interpretaciones. La mayoría de las escuelas coinciden en que el feto adquiere un alma sólo un determinado período de tiempo —semanas o meses— después de la concepción. De ahí que en este intervalo, el aborto sería admisible. Numerosos teólogos señalan los 120 días (17 semanas) como límite; la interpretación chií oficial en Irán prevé una escala de menor a mayor gravedad del pecado de aborto según el estado de desarrollo del feto; durante las primeras semanas, abortar sería fácilmente perdonable si se evita un mal mayor.

Pese a ese consenso respecto al dogma, las autoridades suníes hoy día, como la de Al Azhar en Egipto, consideran el aborto prohibido del todo y se oponen a cualquier flexibilización.

Leyes

[Actualizado: 2015]

Albania | Permitido en clínicas públicas o autorizadas hasta las 12 semanas, y hasta las 20 por «razones sociales», después por riesgo de la vida de la madre; sólo se castiga el aborto clandestino (art. 94).
Arabia Saudí |  La ley prohíbe el aborto, excepto si se realiza para salvar la vida de la mujer; hasta los 40 días (6 semanas) se permite para «prevenir daños» , lo que no incluye preocupaciones económicas ni dificultades para educar a un niño, ni el deseo de los padres de no tener más hijos; hasta los 4 meses (17 semanas) se permite para prevenir graves riesgos de salud; después sólo si es la única manera de salvar la vida de la mujer (Res. 218/17/L, de 1989).
Argelia | La ley castiga con seis meses a dos años de prisión a la mujer que aborte (art. 309) y con 1 a 5 años de prisión a quien provoque el aborto (art. 304), excepto cuando el aborto es necesario para salvar la vida de la madre (art. 308). También se castiga con 2 meses a 3 años la venta o promoción de sustancias abortivas (art. 455).  La ley sanitaria 85-05 permite abortar si la salud mental de la mujer está en riesgo, pero no se interpreta de forma que facilite los abortos por circunstancias personales o sociales.
Armenia | Permitido por deseo de la mujer hasta las 12 semanas y practicado por una tarifa mínima en hospitales públicos; hasta las 22 semanas con autorización médica. Se considera un método de control de natalidad fácil y de frecuente utilización. Se debate su limitación para evitar el aborto selectivo de niñas.
Azerbaiyán | Permitido por deseo de la mujer hasta las 12 semanas y hasta las 28 semanas con autorización de una comisión médica por un amplio número de circunstancias sociales o económicas
Bahréin | La ley sólo castiga con hasta seis meses de cárcel a una mujer que aborte sin ayuda médica (art. 321), pero en la práctica, el aborto está prohibido en los hospitales, excepto para salvar la vida de la mujer; no se admite ni siquiera para casos de violación ni para malformaciones; la pena mínima es de tres meses de cárcel.
Bosnia | Permitido por deseo de la mujer hasta las 10 semanas; hasta las 20 con autorización médica por motivos de la salud de la madre y después en caso de riesgo de vida.
Bulgaria | Permitido por deseo de la mujer hasta las 12 semanas; en caso de enfermedad seria hasta las 20 semanas, y después en caso de riesgo para la vida de la madre. Es un recurso habitual, aunque su frecuencia disminuye.
Chipre | Permitido en caso de riesgo para la salud física o psicológica de la madre, lo que debe ser certificado por dos médicos. En la práctica es habitual realizar el aborto en centros privados hasta las 28 semanas. Hay un debate para liberalizar la ley y adaptarla a la realidad.
Croacia | Permitido hasta las 12 semanas por deseo de la mujer y después con autorización de una comisión médica. La frecuencia ha disminuido enormemente desde los años 90 y la Iglesia Católica pide endurecer la ley.
Egipto | La ley castiga con «arresto» a la mujer que aborta (art. 262) y a quien le asista (art. 261); si es un médico se agrava la pena (art. 263), excepto si es para evitar una amenaza a la salud de la mujer (Código Ético 238 / 29 de 2003). En la práctica se puede realizar por supuestos motivos de salud,  pero muchos médicos se niegan a declarar como terapéutico un aborto por motivos sociales o económicos, siguiendo las directrices religiosas que lo consideran inadmisible.
Emiratos | La ley castiga con hasta 5 años de prisión quien realice un aborto con el consentimiento de la mujer (art. 340), excepto para salvarle la vida; y en este caso sólo con el permiso escrito de su marido o «tutor».
Eritrea |  La ley castiga con cárcel de tres meses a cinco años a la mujer que aborte, y de 1 a 5 años a quien le asista (art. 529), excepto si es para evitar un riesgo de vida o de daños permanentes (art 534).  Prevé atenuantes en casos de grave aflicción física o mental, como tras una violación o en pobreza extrema (art. 533).
Eslovenia | Permitido por deseo de la mujer hasta las 10 semanas; después con autorización de una comisión médica.
España | Permitido hasta las 14 semanas por deseo de la mujer y hasta las 22 por riesgo de salud de la mujer o malformación del feto; después por malformación grave (ley 2/2010).
Etiopía | Desde 2004 es legal para evitar un riesgo de vida o de salud de la mujer, por malformación, si la mujer es discapacitada o menor de edad e incapaz física o mentalmente de criar un niño, o si el embarazo es resultado de violación o incesto (art. 551); para aplicar este último supuesto basta el testimonio de la mujer (art. 552). Fuera de estos supuestos, la ley castiga con «arresto simple» a la mujer que aborta y la persona que le asista (art. 546); si esta persona es médico o farmacéutico, la pena se agrava hasta un mínimo de un año (art. 548), con atenuantes si es por pobreza extrema (art. 550).
Francia | Hasta las 12 semanas por deseo de la mujer y después por riesgo de salud o malformación del feto.
Georgia | Hasta las 12 semanas por deseo de la mujer y después por motivos médicos.
Grecia | Hasta las 12 semanas por deseo de la mujer, las 19 por abusos, las 24 por malformación y sin límite por malformación grave o riesgo de vida para la mujer.
Irán | Prohibido salvo en el caso de grave riesgo para la salud de la mujer. El código penal define que una mujer que ponga fin a su embarazo debe pagar el equivalente a lo previsto para un homicidio (art. 489); de otra sección (art. 623-624) se deduce que puede ser castigada con cárcel de 6 meses a un año, y que un médico que realice el aborto puede ser condenado a 2-5 años de cárcel. Sin embargo, los abortos clandestinos son relativamente frecuentes.
Iraq | La ley de 1969 castiga con un máximo de 1 año de cárcel a la mujer que aborte y a quien le asista pero prevé atenuantes si no está casada, también para quien le ayude, si se trata de un familiar (art. 417); es legal para salvar la vida de la mujer, con el consentimiento del marido.
Israel | Hasta las 24 semanas, un comité de tres expertos puede autorizar a una mujer a abortar, y lo hará normalmente cuando se trata de mujeres menores de 18 o mayores de 40 años o cuando son solteras, pero raramente en el caso de una mujer casada (excepto en caso de riesgo para la madre o malformación), por lo que abundan también los abortos clandestinos.
Italia | Permitido hasta las 12 semanas si la mujer aduce riesgos de salud física o mental, y después si se constata un serio peligro. En la práctica, en gran parte de Italia es difícil realizar un aborto legal, porque hasta un 70% de los médicos (sobre todo en el sur del país) se acogen a la cláusula de conciencia que les permite rechazar la intervención.
Jordania |  La ley castiga con seis meses a tres años de cárcel a la mujer que aborte (art. 321) y con 1 a 3 años de cárcel a la persona que le asista (art. 322), con la pena incrementada en un tercio si se trata de un médico o farmacéutico (art. 325).  Si una mujer aborta para salvar su honor se prevén atenuantes tanto para ella como para la persona que le asista, si es un familiar (art. 324). Una ley de 1971 permite el aborto para salvar la vida o la salud de la mujer.
Kuwait | La ley castiga con cárcel de hasta 5 años a la mujer que aborta (art. 176) y con cárcel de hasta 10 años a quien le asista (art. 174), excepto si se considera necesario para salvarle la vida (art. 175); antes de los 4 meses (17 semanas) se permite también para evitar serios daños de salud a la mujer o por malformación (ley 25/1981).  La posesión o venta de sustancias abortivas se castiga con tres años de cárcel (art. 177).
Líbano | La ley castiga con cárcel de seis meses a tres años a la mujer que aborte (art. 541) y con cárcel de 1 a 3 años al médico que realice la intervención (art. 542), excepto si se considera necesario para salvar su vida. Si una mujer aborta para salvar su honor, la ley prevé una reducción de pena tanto para ella como para la persona que le asista, si es familiar (art. 545). También es ilegal promover métodos o sustancias abortivas, bajo pena de dos meses a dos años de cárcel (art. 539).
Libia |  La ley castiga con un mínimo de seis meses de cárcel tanto a la mujer que aborte como al médico que realice la intervención (art. 391); la pena se reduce a la mitad si se hace para salvar el honor propio o de un familiar (art. 394). Es legal si se considera necesario para salvar la vida de la mujer (ley 106/1973).
Macedonia | Permitido hasta las 10 semanas por deseo de la mujer y después por riesgo de salud. Desde una reforma legal en junio de 2013, la mujer debe realizar primero una solicitud formal, someterse a asesoramiento e informar al marido; tampoco puede abortar de nuevo antes de transcurrir un año. La reforma provocó protestas de grupos feministas.
Mali | La ley castiga con 1 a 5 años de cárcel a la mujer que aborta o a quien le asista (art. 2011), excepto para salvarle la vida o cuando el embarazo es resultado de violación o incesto (ley o2-044, de 2002).
Malta | Prohibido en todas las circunstancias y castigado con cárcel de 18 meses a tres años (art. 241). Hay un gran rechazo social; según un sondeo de 2008, un 85% de los malteses está a favor de mantener la prohibición total.
Marruecos | La ley castiga con dos meses a dos años de prisión a la mujer que aborte (art. 454) y con 1 a 5 años de prisión a quien provoque el aborto (art. 449), excepto cuando el aborto es necesario para salvar la vida de la madre (art. 453). También se castiga con 2 meses a 2 años la venta o publicidad de sustancias abortivas o su promoción (art. 455 del código penal). El aborto clandestino es frecuente y existe un debate social para despenalizar la práctica.
Mauritania |  La ley, en vigor desde la época colonial, castiga con seis meses a dos años de cárcel a la mujer que aborte y con 1 a 5 años de cárcel al médico que realice la intervención (art. 293), excepto si es imprescindible para salvar la vida de la mujer.
Moldavia | Permitido hasta las 12 semanas por deseo de la mujer y hasta las 22 por circunstancias sociales o personales (familia numerosa, divorcio, muerte del marido, edad menor de 18 o mayor de 40, falta de recursos…); después por malformación o riesgo de salud.
Montenegro | Permitido por deseo de la mujer hasta las 10 semanas.
Omán | La ley castiga a la mujer que aborta con cárcel de tres meses a 3 años (art. 344),  y con seis meses a 6 años a quien le asista, excepto si lo considera necesario para salvarle la vida (art. 343); la misma pena se aplica a quien venda sustancias abortivos (art. 346).  Se realiza a menudo de forma clandestina para salvar el honor familiar.
Portugal | Desde la reforma de 2007, el aborto está permitido hasta las 10 semanas por deseo de la mujer, hasta las 12 por serios riesgos de salud física o mental, hasta las 16 por violación, hasta las 24 por malformación y sin límite para salvar la vida de la mujer. En teoría es gratuita siempre. Existe una cláusula de conciencia por la que un médico puede rechazar la intervención, pero en este caso, la clínica está obligada a trasladar a la mujer a un centro donde sí se haga.
Qatar |  La ley castiga con cárcel de hasta 5 años a la mujer que aborta y a quien le asista, excepto si se considera necesario para salvarle la vida (art. 17o); antes de los 4 meses (17 semanas) se permite también para evitar serios daños de salud a la mujer o por malformación (ley 3/1983).
Rumanía | Permitido por deseo de la mujer durante los primeros tres meses (13 semanas); después por motivos de riesgo se salud. Fue legalizado en 1989.
Rusia | Permitido hasta las 12 semanas por deseo de la mujer y hasta las 22 por riesgo de salud o circunstancias sociales, tras limitarse la práctica en 2011; desde 2013 se prohíbe la publicidad de métodos abortivos y se permite la objeción de conciencia de los médicos. La tasa de abortos se reducido constantemente desde los años 90 cuando era muy superior a la de nacimientos.
Serbia | Permitido por el deseo de la mujer hasta las 10 semanas, por circunstancias económicas, sociales o psicológicas hasta las 20, y después por riesgo de vida.
Siria |  La ley castiga con tres meses a 3 años de prisión a la mujer que aborte (art. 527 de 1949), y con 1 a 3 años a quien le asista  (art. 528), con atenuantes si se hace para salvar el honor propio o de un familiar (art. 531).  Se permite para salvar la vida de la mujer (ley 12/1970). La publicidad o venta de medios abortivos se castiga con dos meses a 2 años de prisión (art. 525-526).
Sudán | La ley castiga con un máximo de 3 años a quien realice el aborto a una mujer, excepto para salvarle la vida o, hasta los 90 días (13 semanas), si el embarazo es fruto de una violación y la mujer pide abortar (art. 135, de 1991).
Túnez | Permitido por deseo de la mujer durante el primer trimestre (13 semanas), sin necesidad del consentimiento del marido. Primero aprobada en 1965 y liberalizado en 1973, la ley sigue en vigor, pero su puesta en práctica se ha complicado, primero, por recortes en el sector de salud y hoy por la presión social debida a la islamización del país tras la revolución de 2011.
Turquía | Permitido por deseo de la mujer hasta las 10 semanas; si ella está casada se exige el consentimiento del marido. Después, por razones de peligro de salud. Fue legalizado en 1983. En 2012, el Gobierno anunció que iba a prohibir el aborto, pero retrocedió tras amplias manifestaciones feministas. Sin embargo, en la mayoría de los hospitales públicos se ha dejado de hacer, pese a ser legal.
Ucrania | Permitido por deseo de la mujer hasta las 12 semanas, y con autorización de una comisión médica por razones de salud, sociales o económicas hasta las 28 (o 22)  semanas. En 2013 se registraron propuestas legales para restringir este derecho, que provocaron un amplio debate social.
Yemen |  No consta legislación; se considera prohibido excepto si es para salvar la vida de la mujer.
Yibuti | La ley castiga con seis meses de cárcel a la mujer que aborte (art. 448 de 1995) y con dos años a quien le asista (art. 447), excepto si se trata de un «aborto terapéutico», prohibiéndose los voluntarios (art. 450).