Nuestros datos, a merced del viento
Sanaa El Aji El Hanafi
Una estadounidense se va de Marruecos. En el aeropuerto de Casablanca, la señora, de nombre María, hace el check-in y coge su vuelo de forma normal.
Cuando llega, recibe un mensaje de WhatsApp del trabajador de la compañía aérea marroquí que le hizo el check-in y le entregó su tarjeta de embarque. El chico le dice que se siente atraído por ella y que ha conseguido su número de teléfono de la base de datos de viajeros, y que le gustaría conocerla y entablar una relación con ella.
María publica en Twitter el mensaje del chico (ocultando su número de teléfono), mencionando la cuenta de la compañía aérea marroquí, y preguntando si ese chico ha podido conseguir, del mismo modo, también su dirección, ya que no se sentiría segura si así fuera.
El problema de la noticia ha sido que cuando se han publicado los detalles en varios medios marroquíes, empezaron a abundar comentarios del tipo: “Qué exagerada la americana”, “Podía sencillamente haberlo ignorado”, “¿Por qué lo delata de esa manera?”…
¿Con qué derecho una persona coge datos personales a los que accede a través de su empleo?
Al parecer, ninguno de los que comentan se plantea la cuestión de la protección de datos. ¿Con qué derecho una persona puede coger los datos personales de otra, a los que accede a través de su empleo, y decidir usarlos para sus propios fines?
¿Te imaginas que el empleado del banco, que tiene acceso a tu cuenta bancaria, tu dirección, tu número de teléfono, tu nómina, tus deudas, tus préstamos, etc., utilizase esos datos en tu contra, cuando ni siquiera le has proporcionado esos datos personalmente?
¿Te imaginas que tu médico, que sabe qué enfermedades tienes y dónde vives, utilizase esa información contra ti?
O incluso el recepcionista que nos recibe en el hotel, y al que le damos nuestro pasaporte o nuestro carné de identidad nacional con todos nuestros datos, ¿os imagináis que pudiera utilizarlos contra nosotros?
¿Y qué decir de la empresa de muebles en la que compramos la cama y damos nuestra dirección para que nos la traigan? Al día siguiente nos encontramos en nuestra casa al empleado o al propio gerente declarándosenos… O la pizzería a la que también hemos dado nuestra dirección y nuestro teléfono al hacer cualquier pedido. O la responsable de Recursos Humanos de la empresa en la que trabajamos, que sabe nuestro sueldo, nuestra dirección, nuestra fecha de nacimiento, los datos de nuestra pareja, los hijos que tenemos y también cuándo nacieron. ¡O el de la compañía de seguros!
Todos estos y más son los datos personales de los que disponen las empresas con nuestro total consentimiento…Sin embargo, esto no le otorga el derecho a ningún empleado de ninguna compañía de utilizar dichos datos contra nosotros, sean cuales sean sus intenciones.
La consciencia de la privacidad de los datos y su confidencialidad no arraiga en la mente de muchos, hasta el punto de que un buen número de los que han seguido la historia del empleado de la compañía aérea marroquí y la señora norteamericana consideraron el asunto como una mera declaración por parte del chico que la mujer podía sencillamente haber ignorado, bloqueando el número sin más.
Le otorgaban la responsabilidad de la situación a la señora: haber bloqueado al chico…
El asunto sobrepasa la mera expresión de un sentimiento de atracción. Démonos cuenta: incluso en este caso, aquellos que comentaban le otorgaban la responsabilidad de la situación a la señora. Decían que era ella quien debería haber ignorado o haber bloqueado al chico, cuando en realidad al que deberían responsabilizar es al empleado marroquí por su comportamiento. Y lo que es más peligroso del asunto es que va más allá de la declaración del chico y del propio acoso: es que se plantea seriamente el valor de nuestros datos personales y, con ello, nuestra integridad física.
Mañana, señora, se enfrentará al acoso de un empleado de la compañía de teléfono, por ejemplo. Va usted a la sucursal a pagar la factura y él obtiene su número, su registro de llamadas y hasta la dirección en la que vive. Le empieza a mandar mensajes diarios y un día se lo encuentra en la puerta de su casa.
Lo mismo vale si hablamos de la relación que se establece entre nosotros y el resto de entidades que poseen nuestros datos como personas jurídicas (empresa, administración etc.). Pero eso no significa que un empleado posea el derecho de utilizar dichos datos de forma personal.
Debemos concienciarnos de que nuestros datos personales y los de otros que nos hayan sido proporcionados por motivos laborales son una cuestión y una información privada de su dueño. Ningún individuo tiene derecho a utilizarlos fuera del marco para el que fueron otorgados. De lo contrario, comete un gran asalto a la privacidad.
Cuando justificamos este tipo de comportamiento o intentamos entenderlo, legalmente estamos apoyando un delito, pues contribuimos a la violación de la privacidad de otro. Pero además, éticamente, es un comportamiento que debería darnos vergüenza.
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© Sanaa El Aji | Primero publicado en Al Hurra · 13 Dic 2019 | Traducción del árabe: Carmen Gómez Orts
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