Opinión

¡Coño ya!

Ilya U. Topper
Ilya U. Topper
· 11 minutos

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Se llama coño ¿vale? La talla que un grupo de feministas paseó en 2013 por las calles de Málaga y “que se antoja una imitación de un paso de Semana Santa cuya imagen es una vagina», en palabras de la Audiencia provincial que juzgaba los hechos, no era una vagina. Las mujeres que la portaban —y ellas de eso entienden— lo llamaron “Santo Chumino Rebelde” y se constituyeron en Hermandad del Coño Insumiso. Ver una vagina ahí es no tener ni idea de anatomía femenina. Si sus señorías no quieren hablar castellano, ni estándar ni andaluz, siempre pueden hacerlo en latín, por supuesto: entonces se llama vulva.

Es curioso que la prensa que recogió la sentencia reprodujo también el error, no sé si por desconocimiento del idioma o ignorancia de la biología. ¿Qué va a ser lo próximo? ¿Hablar de roce de esófagos cuando dos personas se dan un beso en la boca? Claro, las bocas son una parte conocida del cuerpo femenino (salvo en Afganistán o Arabia Saudí), lo de ahí abajo no. O ya no. Espanta un poco pensar que la confusión empezó con una actriz estadounidense llamada Even Ensler, que tuvo toda la buena intención de quitar tabúes a aquella parte del cuerpo haciendo en el escenario unos Monólogos de la vagina, y no hizo más que añadirle equivocaciones. Y además, nada inocentes: al decir vagina se asocia aquella parte a una función interna del cuerpo, médica, ginecológica, por ejemplo el proceso de parir hijos, algo perfectamente decente y asumido en la sociedad como función de la mujer. Las demás cosas para las que puede servir un coño a una mujer adulta se quedan fuera.

¡Claro que tuvo intención de ofender! En esto consiste la sátira: en hacer escarnio de una creencia

Ustedes se sorprenden que hable del término y no de la sentencia: 2700 euros de multa (en sustitución de prisión de nueve meses) para la mujer identificada como una de las vulvaportantes en aquella procesión irreverente que recorrió Málaga durante dos horas, pasando oportunamente por delante de la catedral y el palacio episcopal. Y es que de la sentencia poco hay que criticar: la Audiencia de Málaga ha aplicado la ley. El artículo 525 castiga con ocho a doce meses a quien “para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias”. Lo que vulgarmente se conoce como delito de blasfemia.

Contra esta ley no funcionó el argumento de la defensa: aseguraba que la acusada “no tuvo intención de ofender”. ¡Pues claro que tuvo intención de ofender! En esto consiste la sátira (considerada parte de las bellas artes desde el maño Marcial): en hacer escarnio de un dogma, una creencia o una postura política o ideológica. En ofender. El coño insumiso era una sátira.

La sátira es lícita, no porque no ofenda, sino porque lo hace con motivo. Por eso, un tribunal de Sevilla absolvió en 2019 a tres mujeres que habían hecho exactamente lo mismo: pasear un coño en procesión, con cánticos irreverentes. Lo hacían para intervenir en un intenso debate social respecto al aborto, y por lo tanto era un lícito acto de expresión de una opinión política, dijo el juez (por mucho que personalmente le pareciera una mamarrachada, agregó).

Pasear una efigie del obispo con cabeza de cerdo, pongo por caso, habría sido una injuria gratuita: no hay nada que vincule el clero a la porcicultura. Un coño en procesión, sin embargo, resume a la perfección el discurso misógino de la Iglesia católica: es la Iglesia la que reduce a la mujer a su calidad de Virgen, de virgo, de órgano sexual o, mejor dicho, antisexual: el virgo es el antítesis del sexo. Llevar este discurso a un punto visual preciso, casi digo a un clítoris, es sátira política irreprochable. Ofende porque tiene razón.

También era una ofensa la imagen de Javier Krahe cocinando un crucifijo, y también acertaba plenamente: es la Iglesia la que asegura que el cuerpo de Cristo es comestible. (Por si usted no ha pasado por lo que llaman clase de religión en el colegio: el dogma católico asegura que la hostia consagrada horneada con harina y agua no es que represente algo sino que es literalmente, físicamente, carne del cuerpo de un palestino muerto hace dos mil años).

Javier Krahe acertaba plenamente: es la Iglesia la que asegura que el cuerpo de Cristo es comestible

Javier Krahe fue absuelto en última instancia, al igual que la concejala madrileña Rita Maestre, que en 2011 participó en una protesta en tetas en una capilla universitaria de la Universidad Complutense, también con mucha razón, oponiendo el cuerpo a la ideología religiosa. En todos estos casos, la Judicatura española parece dar por hecho que lo mejor que se puede hacer con el artículo 525 del Código Penal es no aplicar su letra sino el espíritu constitucional que protege la libertad de expresión.

Espero que también en Málaga, un tribunal de apelación llegue a la misma conclusión. Si no lo hace, la culpa no será de los jueces, sino del Parlamento. De los partidos que, reivindicando laicismo y libertad, nunca han hecho el intento de proponer la abolición de este artículo, algo para lo que basta una simple mayoría. Quizás piensen que es innecesario, porque si este artículo prácticamente no ha perjudicado a nadie en las últimas décadas —eso, desde luego, pasando por alto el efecto atemorizador de una denuncia y el perjuicio que es tener que enfrentarse a un proceso—, tampoco molestará mucho en en el futuro ¿no?

Esto es un grave error. Porque si bien todos los ejemplos conocidos de aplicación del artículo 525 son de ofensas contra los sentimientos religiosos católicos, la ley obviamente vale para todas las religiones. Mañana, un conocido converso de Barcelona podría llevar a la práctica su insistente amenaza en redes sociales e interponer denuncia contra quienes, con igual insistencia, hacemos escarnio del machismo de la corriente islamista wahabí. Si afirmara haberse sentido herido en sus sentimientos religiosos porque mi amiga Hakima Abdoun ha difundido un vídeo en el que salmodea un poema sobre la covid-19 cual sura del Corán ¿debería el Ministerio Fiscal español respaldar una denuncia?

¿Habrá que dejar la evaluación de la ofensa en las masas que se reconocen religiosas, en la furia popular?

“En todos los sectores, y el religioso no es ajeno a ello, hay partes que tienen posturas más extremas o radicales que otras, y por ello partes que se pueden sentir ofendidas por la cosa más nimia”. Es una frase de la sentencia, firmada por el juez David Candilejo Blanco, que absolvió a las acusadas del Coño insumiso de Sevilla, declarándose de paso admirador de la Semana Santa y partidario de la fe cristiana. Entre las muchas razones que ponderaba el magistrado subrayaba que el Consejo de Hermandades y Cofradías “podía haber decidido personarse como acusación particular, pero no lo hizo”. Si ni los cofrades se enfadan con el Coño insumiso, ustedes no monten el pollo, vino a decir a la acusación particular, la asociación de abogados cristianos: ustedes “no son los titulares del bien jurídico protegido”.

Ahora bien: ¿y si los cofrades se hubiesen enfadado? ¿Son ellos los titulares del bien jurídico de los sentimientos religiosos en materia de procesiones y mantilla? ¿Cambia la libertad de expresión según el humor de la Junta directiva de algún Hermano Mayor? Y ¿quién es el titular del bien jurídico de los sentimientos religiosos referidos al Corán? ¿Hará falta una jerarquía, un clero, un Papa o muftí supremo que hable ex cátedra para establecer cuando una religión se debe considerar ofendida? Esto convertiría la Judicatura española en un brazo ejecutor del clero, otorgando a una organización de hombres iniciados en misterios insondables, profundamente antidemocrática, poder de decisión sobre toda la ciudadanía. Descartado.

¿Habrá que dejar la evaluación de la ofensa en las masas que se reconocen religiosas? ¿Mediante encuestas o campañas de firmas? ¿Sería necesario demostrar una furia popular? ¿Bastaría quizás con los 600 comentarios de insultos, zorra, puta, condenada, perra, que recibió Hakima Abdoun en 24 horas tras la lectura de su coranovirus para demostrar que consiguió herir los sentimientos religiones de la musulmanidad y, por lo tanto, puede ser llevada a juicio? ¿Debe prohibirse la revista Charlie Hebdo en España, porque hay quien ha dejado muy claro, meridianamente y sangrientamente claro, que se ha sentido ofendido por las caricaturas de Mahoma?

Siempre hay quien se siente ofendido, dijo el magistrado sevillano, y tiene razón: en Egipto, un tribunal condenó por “blasfemia” a la poeta Fatima Naoot por escribir que la Fiesta del Cordero, con su rito de sacrificio de un carnero en cada familia, es “una masacre anual”, derivada de “que un buen señor un día tuvo una pesadilla” (en referencia a Abraham). Con Al Azhar considerado centro del islam ortodoxo ¿es un criterio a seguir?

Hablar de penes femeninos es una ceguera anatómica que no se explica ni con los burkas

¿O quizas sería mejor que cada uno se ofenda en privado lo que quiera y que los sentimientos religiosos dejaran de ser un bien público recogido en el Código Penal? Eso es la postura que yo esperaba de los partidos de la izquierda en el Parlamento, pero a la vista está que poco se puede esperar de quienes andan bregando para aprobar una ley que prevé proteger los sentimientos religiosos de la secta queer, todavía mucho más irracionales que los de la Iglesia Católica. Al menos, la mayor parte de lo que dice la Iglesia, salvo lo del cuerpo de Cristo, está fuera de la realidad material y por lo tanto incomprobable, mientras que la confusión de sexos proclamada por los activistas trans va muchísimo más allá de lo perpetrado por Eve Ensler: hablar de penes femeninos y vaginas de hombre es una ceguera anatómica y biológica que no se explicaría ni con todos los burkas de Afganistán.

Posdata: El artículo 525 tiene una segunda parte. Prevé la misma pena para quienes “hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna”. No sé ustedes, pero a mí, que estoy como unas castañuelas, me parece una profunda ofensa proclamar por ahí que “la incapacidad del ser humano para ser feliz reclama la salvación” y que es tarea de todos “reconocer y aceptar la necesidad de un Salvador para ser feliz”. Y no me parece que el escarnio sea menos grave porque estas frases se digan sin cachondeo alguno, sin cánticos y sin baile de sevillanas, sino muy en serio desde el pupitre como criterio oficial —la frase figura en el Boletín Oficial del Estado de 2015— para aprobar a niños y niñas en la asignatura de Religión Católica en el colegio público.

O eres cristiano o eres infeliz. Si esto no es escarnio, que venga Dios y lo vea. Y luego dicen que es una ofensa gritar “Contra el Vaticano, orgasmo clitoridiano”. Coño ya.

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© Ilya U. Topper |  Especial para MSur

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